Dinero y Banca, Reforma Monetaria y Economía Social. Análisis Económico Y financiero Forense. Juan C. Mendoza. Perito Judicial. Experto Avaluador en Daños & Perjuicios del C.S.J. Docente Universitario. Investigador en Economía Forense.Cel: 3108752170. Correo electrónico: economiaforense2@gmail.com Pagina Web: danosyperjuicios.webnode.com.co Calle 16 No. 4-25 Off. 809. Edificio Continental. Bogota D.C. Colombia.
miércoles, 4 de noviembre de 2015
Economía forense: porque no puedo estar callado...
Economía forense: La palabra cooperar tiene normalmente implicaciones positivas para la mayor parte de las personas a la par que la palabra competir tiene ...
lunes, 26 de octubre de 2015
jueves, 22 de octubre de 2015
DICTAMEN PERICIAL POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El Dictamen Pericial, es un documento técnico, científico y profesional que
contiene la opinión y juicio formal, que emite bajo responsabilidad y a
solicitud de terceros, un especialista o varios, sobre un asunto concreto, que
requiere un tratamiento especializado, en este caso en materia de daños y perjuicios económicos.
SOCIEDAD COLOMBIANA DE ECONOMÍA FORENSE
La Sociedad Colombiana de Economia Forense (SCEF), es una
organización sin ánimo de lucro, cuya misión es la investigación y desarrollo
de la economía forense, con fines académicos y profesionales por medio de la
difusión e intercambio teórico y de métodos económicos en el área de las
ciencias económicas forenses. El campo de estudio inmediato está
relacionado con la aplicación a la actividad judicial, ya sea civil, comercial,
penal, administrativo y arbitral.
miércoles, 21 de octubre de 2015
ECONOMÍA FORENSE - DEFINICIÓN BÁSICA
LA ECONOMÍA FORENSE. Economía forense es la disciplina científica que aplica las teorías y
métodos económicos, contables y financieros a propósitos judiciales. Esta especialidad económica abarca toda actividad
relacionada con el poder judicial.. La Economía Forense estudia los aspectos
económicos, contables y relacionados con la economía, la empresa y el
individuo, derivados de la práctica diaria de
los peritos económicos que trabajan con los tribunales de justicia.
El profesional especialista en el área recibe el nombre de perito
judicial.
lunes, 12 de octubre de 2015
DAÑOS Y PERJUICIOS ECONÓMICOS CAUSADOS A LOS CONSUMIDORES POR LA CARTELIZACIÓN EMPRESARIAL EN EL SECTOR DEL AZÚCAR PARA OBSTRUIR IMPORTACIONES.
DAÑOS Y PERJUICIOS ECONÓMICOS
CAUSADOS A LOS CONSUMIDORES POR LA
CARTELIZACIÓN EMPRESARIAL EN EL SECTOR DEL AZÚCAR PARA OBSTRUIR IMPORTACIONES.
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, mediante Resolución No 80847 del 7 de octubre de 2015, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, sancionó a ASOCAÑA, CIAMSA, DICSA y DOCE (12) INGENIOS AZUCAREROS por haber incurrido en la conducta de acuerdos anticompetitivos o cartelización empresarial para obstruir de manera concertada, coordinada y continuada, las importaciones de azúcar hacia Colombia provenientes, fundamentalmente, de Bolivia, Guatemala, El Salvador y Costa Rica.
Referencia. Extracto de la información
emitida por la Superintendencia
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, mediante Resolución No 80847 del 7 de octubre de 2015, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, sancionó a ASOCAÑA, CIAMSA, DICSA y DOCE (12) INGENIOS AZUCAREROS por haber incurrido en la conducta de acuerdos anticompetitivos o cartelización empresarial para obstruir de manera concertada, coordinada y continuada, las importaciones de azúcar hacia Colombia provenientes, fundamentalmente, de Bolivia, Guatemala, El Salvador y Costa Rica.
La Superindustria también sancionó a CATORCE (14) ALTOS DIRECTIVOS del
sector azucarero por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o
tolerado la conducta anticompetitiva sancionada en la modalidad de
cartelización empresarial.
Las sanciones impuestas por la Superindustria ascienden, en total, a una
suma superior a los $ 320 MIL MILLONES de pesos. Las multas impuestas a los
ingenios no superan el siete por ciento (7%) de sus ingresos operaciones
anuales ni el siete por ciento (7%) de su patrimonio.
Para la imposición de las sanciones, se tuvo en cuenta como agravante que
algunos de los ingenios y personas naturales sancionadas multados, habían sido
declarados responsables en el año 2010, por cartelización en los precios de
compra de la caña de azúcar a los cultivadores.
Con base en
estas conclusiones, el Superintendente de Industria y Comercio, previo consejo
unánime del Consejo Asesor de Competencia, impone las siguientes sanciones a ASOCAÑA (gremio del sector azucarero), a CIAMSA y DICSA (empresas del sector azucarero), a
doce (12)
INGENIOS AZUCAREROS y a14 ALTOS DIRECTIVOS
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Asesor de Competencia, impone las siguientes sanciones a ASOCAÑA (gremio del sector azucarero), a CIAMSA y DICSA (empresas del sector azucarero), a
doce (12)
INGENIOS AZUCAREROS y a14 ALTOS DIRECTIVOS, las
siguientes sanciones o multas:
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